El Contralor General de la República, Haivanjoe NG Cortiñas, emitió la Guía VII sobre Informes Trimestrales Financieros Institucionales, con el propósito de facilitar a los órganos y entes públicos, un medio homogéneo para cumplir con lo previsto en el decreto 499-12 sobre las medidas de austeridad dispuestas por el Presidente de la República, Danilo Medina.
 
El referido decreto, en su artículo 13, confiere a la Contraloría General de la República (CGR) la responsabilidad de disponer de los mecanismos necesarios para constatar el cumplimiento, por parte de los titulares y demás servidores de los órganos y entes públicos, de las disposiciones contenidas en el mandato presidencial.
 
En ese sentido, NG Cortiñas remitió el documento realizado por la Contraloría a las instituciones del Gobierno Central, organismos Autónomos y Descentralizados del Estado y las diferentes instituciones que forman parte del Sistema Dominicano de la Seguridad Social.
 
La Guía, elaborada en septiembre, suministra información sobre la forma de elaborar el informe financiero y provee ejemplos sobre la rendición de cuentas requerida.
 
La Contraloría hará énfasis en la verificación de la confiabilidad de los informes preparado en calidad de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de la disposición presidencial.
 
El exámen de confiabilidad de los datos a los que refiere la mencionada Guía, permitirá al Contralor General de la República, preparar un informe integrado al Presidente de la República, para expresar su opinión sobre la confiabilidad de la documentación enviada por los titulares de los organismos estatales.
 
Según la Guía, los reportes financieros tienen como objetivo fundamental dar cumplimiento a las medidas de austeridad por parte de las entidades públicas, y facilitar la función de supervisión de la Contraloría.
 
Asimismo establece, que el informe es responsabilidad del titular de cada Órgano que conforma el Estado y deberá ser enviado al Contralor General de la República.
 
Los referidos informes deberán enviarse a la CGR, máximo diez días laborables después de cada cierre trimestral, a partir de la vigencia del decreto presidencia. El primer informe
 
correspondiente al trimestre terminado el 30 de noviembre, debe ser enviado a más tardar el 14 de diciembre de este año.
 
La Contraloría tiene disponible una Mesa de Ayuda en la Dirección de Desarrollo Normativo para aclarar inquietudes sobre la presente guía y suministrar asistencia, en el teléfono 809-682-1677 ext. 2404 y 2272.
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