El Ministerio Público de esta jurisdicción logró que el Tercer Tribunal Colegiado distribuyera 32 años de prisión en contra de dos hombres y una mujer acusados de explotar sexualmente a jóvenes de distintos sectores de Santiago que eran llevadas con esos fines a un centro de diversión de La Romana.

Los imputados Freddy Antonien Pérez, propietario del Centro Cervecero “La Máquina”, y Winston Cabral Flete, alias El Chavo, quien hacía la coordinación con las víctimas en Santiago para su traslado a La Romana, fueron condenados por separado a 15 años de prisión. Junto a éstos también fue sentenciada a dos años de reclusión la cajera del negocio, Marys Bidó Abreu.

La procuradora fiscal titular de Santiago, Luisa Liranzo, dijo que en contra de los imputados fue presentada acusación por violación de la Ley 137-03 sobre Trata y Tráfico de Personas, el Código Penal Dominicano (artículo 334-1) y la Ley 136-03 sobre el Sistema para la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

El proceso de investigación inició en el mes de marzo del año 2013, a través Departamento de Persecución al Delito de Trata y Tráfico de Personas de la Procuraduría Fiscal de Santiago, por el procurador fiscal Juan Osvaldo García, con un allanamiento en el negocio La Máquina, en la ciudad de La Romana, donde fueron encontradas más de cinco menores de edad reportadas como trasladadas por el imputado Cabral Flete. Al momento del allanamiento en el negocio se encontraba también su propietario, Freddy Antonien Pérez, quien fue puesto bajo arresto de manera inmediata.

Las evidencias presentadas por el Ministerio Público demostraron que el procesado Winston Cabral Flete se ocupaba de captar jóvenes menores de edad en distintos barrios de la provincia Santiago, a quienes llevaba a dicho centro cervecero y que una vez aquí las menores debían trabajar sirviendo bebidas alcohólicas a los clientes y dormían en habitaciones del segundo nivel del negocio, lugar donde debían quedarse dada la lejanía e imposibilidad de ir a sus hogares.

De igual manera logró probar que las menores debían salir del negocio con los clientes del mismo, luego que éstos pagaran el permiso de salida de las jóvenes ante la cajera Marys Bidó Abreu, quien registraba el pago de los servicios de salida y de la menor que salía con el cliente, la cual posteriormente tenía que volver al establecimiento y continuar las labores de explotación a las que eran sometidas.

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