Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, instruyó este miércoles a las Juntas Electorales que aquellos miembros de colegios electorales, delegados políticos y sus suplentes podrán votar en las elecciones municipales en los colegios electorales donde se encuentren desempeñando su función, aunque no pertenezcan a dichos colegios
La decisión del Pleno de la JCE se produjo en el día de hoy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 219 y siguientes de la Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral, e indicó que la misma fue informada a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a la ciudadanía en general.
Según la JCE Deben presentarse por ante el colegio que les corresponda ejercer sus funciones, entre las 6:00 a.m. y las 7:00 a.m. (hora de instalación) y, en el caso de los delegados, con los gafetes y credenciales emitidos por la Junta Central Electoral.
Señala en un comunicado que solo podrán votar en los colegios donde ejercen sus funciones, aquellos funcionarios, delegados y suplentes que se hayan acreditado antes de las 7:00 a.m. No podrán ausentarse del lugar asignado para el ejercicio de sus funciones.