La aprobación de la declaratoria de Estado de Emergencia solicitada anoche por el presidente Danilo Medida al Congreso Nacional, suspendería cinco derechos fundamentales contemplados en la Constitución.

Los derechos que podrían ser suspendidos son los siguientes:

– La inviolabilidad del domicilio y de recintos privados, dispuesta en el artículo 44, numeral 1); de la Constitución

-La libertad de tránsito, dispuesta en el artículo 46.

-La libertad de expresión, en los términos dispuestos por el artículo 49.

-Las libertades de asociación y de reunión, establecidas en el artículo 47.

-La inviolabilidad de la correspondencia, establecida en el artículo 44,
numeral 3).

En caso de ser aprobada la declaratoria el Poder Ejecutivo debe mantener a las cámaras legislativas al tanto de todas sus ejecuciones sobre estas y otras disposiciones que se les confieren con la mencionada aprobación.

Periodista: Crisaleidy Made.

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