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#Nacionales | La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que las empresas distribuidoras de electricidad (#EDE) comprometen su responsabilidad civil que las obliga a responder por los daños causados por la cosa que en principio está bajo su guarda, si una vez generada la reclamación del hecho dañoso no proceden a dar su respuesta dentro del plazo legal de 48 horas.